La Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) precisó hoy que las entidades están obligadas a adoptar las acciones de su competencia para reducir al mínimo indispensable la asistencia de trabajadores estatales, en cumplimiento del decreto supremo que declara estado de emergencia nacional ante el coronavirus.
En ese sentido, señala que corresponde a las oficinas de recursos humanos de las instituciones estatales, en coordinación con las áreas orgánicas competentes, identificar a los empleados para cumplir el trabajo remoto, así como el número máximo del personal que permita atender los servicios básicos establecidos por la norma que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir el Covid-19.
“Dichas acciones no deberán afectar la naturaleza del vínculo laboral, la remuneración y las demás condiciones aplicables a los servidores”, indica el comunicado.
Señala además que a los trabajadores públicos considerados en el grupo de riesgo por edad y factores clínicos les corresponde de manera obligatoria el trabajo remoto. Si la naturaleza de sus labores no es compatible con el trabajo remoto, el empleador deberá otorgar una licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior.
A los trabajadores que no se encuentren incluidos en ambos casos, la entidad pública otorgará licencia con goce de haber sujeta a compensación posterior, salvo que el servidor civil solicite el ejercicio de algún otro derecho que implique la suspensión de sus labores.
“Todas las medidas que sean adoptadas deberán considerar de manera especial la atención de las disposiciones en materia de seguridad y salud de los servidores civiles, teniendo en cuenta las actuales circunstancias, con la finalidad de contener la propagación del Covid-19”, afirma.
Señala además que proveerán mayor información, ante este escenario que vive nuestro país, a través de su portal institucional.
(FIN) NDP/ FHG
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Published: 3/17/2020