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Minsa aprueba lineamientos de la evaluación para el SERUMS

Según norma publicada esta noche en el diario oficial El Peruano

ANDINA/Norman Córdova

ANDINA/Norman Córdova

21:16 | Lima, ago. 1.

El Ministerio de Salud (Minsa) aprobó el Documento Técnico: Lineamientos para la Evaluación para el Servicio Rural y Urbano Marginal de Salud (SERUMS), según resolución ministerial publicada esta noche en la edición extraordinaria de normas del diario oficial El Peruano.

La resolución ministerial Nº 514-2024/MINSA, refrendada por el ministro de Salud, César Vásquez,  señala que el responsable del desarrollo del proceso de evaluación para el SERUMS es la Dirección General de Personal de la Salud del Minsa.


Añade que se creará el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Minsa, con el objeto de formular la propuesta de plan para la implementación de la Evaluación para el SERUMS, en el Proceso SERUMS 2024-II

Dicho grupo estará conformado por dos representantes de la Dirección General de Personal de la Salud, uno de los cuales lo preside; un representante de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; un representante de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y un representante de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos.

La función del grupo de trabajo será la de elaborar y aprobar su cronograma de actividades, la propuesta del Plan para la Implementación de la Evaluación para el SERUMS, elaborar el informe final de las actividades realizadas y otras funciones que coadyuven al cumplimiento de su objeto.


El grupo de trabajo tiene un plazo de 30 días hábiles, contados a partir de su instalación, para presentar su informe final al titular del Minsa.

Asimismo, deberá presentar al titular del Minsa la propuesta de plan para la implementación de la Evaluación para el SERUMS, aplicable al Proceso SERUMS 2024-II, en un plazo máximo de siete días hábiles, contados a partir de su instalación.

Disposición complementaria


Excepcionalmente, por única vez para el Proceso Serums 2024-II, la norma indica que se podrá considerar la nota obtenida en el Examen Nacional de la Carrera Profesional correspondiente al literal c) del artículo 23 del Reglamento de la Ley n.º 23330, Ley del Servicio Rural y Urbano Marginal, aprobado por Decreto Supremo n.º 005-97-SA, y sus modificatorias, por los profesionales de la salud señalados en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo n.º 013-2024-SA.

Siempre y cuando, a la entrada en vigencia del citado decreto supremo, se hubieran inscrito y/o hubieran rendido el citado examen nacional ante la asociación de facultades y/o escuelas de la carrera profesional correspondiente.

En caso los profesionales de la salud comprendidos en lo anterior opten por rendir la Evaluación para el Serums a que se refiere el Decreto Supremo n.º 013-2024-SA, para la adjudicación de plazas en el proceso Serums 2024-II, se considera la nota que señale en la fase de inscripción del citado proceso.

Para la implementación de la presente disposición, el proceso de selección de profesionales de la salud para la adjudicación de plazas Serums, se realiza en estricto orden de mérito, considerando para ello, el puntaje final que se obtiene de la suma de los siguientes factores:

Promedio Ponderado Promocional (Incluye nota del internado, en los casos que corresponda): 30 %.

Nota obtenida en el Examen Nacional de la carrera profesional correspondiente: 70 %.


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(FIN) LIT


Published: 8/1/2024