El Ejecutivo autorizó que el Ministerio de Energía y Minas (Minem), disponga excepcionalmente más de 31 millones de soles para preservar los bienes del gasoducto del sur, recursos que serán transferidos al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) para dicho fin.
Así lo estableció a través del Decreto de Urgencia Nº 007-2023 publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
La norma establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera, para el Año Fiscal 2023, que permitan el financiamiento de la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano” hasta junio de 2023, en el marco de las acciones para la entrega de la posesión de los bienes a su titular o al responsable que corresponda.
En ese sentido, se autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2023, al Ministerio de Energía y Minas (Minem) a disponer de sus saldos de balance por la fuente de financiamiento Recursos Determinados, que dicha entidad previamente incorpora en su presupuesto institucional, hasta por la suma de 31 millones 47,432 soles, para financiar la administración de los bienes de la concesión del ex Proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del país y desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, hasta el 12 de junio de 2023, incluyendo la renovación de la póliza de seguro de los bienes mencionados.
Asimismo, se autoriza al Minem realizar la transferencias del referido monto a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) para financiar los gastos de la administración de los bienes de la concesión del ex proyecto “Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano”, incluyendo la renovación de la póliza de seguro de los bienes.
Los recursos financieros más intereses generados por los saldos no utilizados al 31 de diciembre de 2023, deberán ser revertidos al Ministerio de Energía y Minas, conforme a los procedimientos establecidos por el Sistema Nacional de Tesorería.
Los titulares de los pliegos bajo los alcances del presente Decreto de Urgencia son responsables de su adecuada implementación, así como del uso y destino de los recursos comprendidos en la aplicación del presente Decreto de Urgencia, conforme a la normatividad vigente.
Los recursos transferidos en el marco del presente Decreto de Urgencia no pueden ser destinados, bajo responsabilidad del Titular de la entidad, a fines distintos para los cuales son otorgados.
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
Lo establecido en el presente Decreto de Urgencia se financia con cargo al presupuesto institucional del Pliego Ministerio de Energía y Minas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
La norma, lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; el presidente del Consejo de Ministros, Luis Alberto Otárola Peñaranda; del ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras Miranda; y del ministro de Energía y Minas, Oscar Vera Gargurevich.
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(FIN) NDP / MDV
Published: 4/3/2023