La Contraloría recuerda que los gobiernos locales que hayan realizado compras en situación de emergencia de manera directa tienen un plazo máximo de 10 días hábiles para regularizar, registrar y publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado los informes o resolución correspondiente. Foto: ANDINA/Difusión
* Andina, información oficial sobre el coronavirusNumerosas autoridades municipales no han cumplido, hasta el momento, con registrar en las plataformas virtuales autorizadas los avances o resultados de la distribución y entrega de canastas de víveres destinadas a las poblaciones vulnerables por la emergencia sanitaria covid-19, informó hoy la Contraloría General de la República.
Por medio de un comunicado, recordó que el Ejecutivo, en el contexto de la emergencia sanitaria, emitió el Decreto de Urgencia 033-2020 que autoriza la transferencia económica a los gobiernos locales para la adquisición y distribución de productos de primera necesidad de la canasta básica familiar, para las familias vulnerables y reducir el impacto económico generado por la pandemia del coronavirus.
Tras 27 días de la autorización legal, la Contraloría ha verificado que en el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) muchas municipalidades no han realizado los registros presupuestales correspondientes y algunas no reportan importe alguno certificado y muchas, compromisos relativamente bajos.
Asimismo, añade que el portal de transparencia, implementado por la Contraloría para facilitar el registro en línea de las contrataciones y entrega de canastas, evidencia que se han ingresado únicamente contrataciones de 828 municipios y de beneficiarios de 398 comunas.
La Contraloría reiteró que los gobiernos locales que hayan hecho compras en situación de emergencia de manera directa tienen un plazo máximo de 10 días hábiles para regularizar, registrar y publicar en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) los informes o resolución, tal como lo establece el literal b.4 del artículo 100 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF.
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En ese sentido, formuló un llamado a los alcaldes, como responsables de cumplir con la transparencia y rendición de cuentas de la entrega de la canasta básica familiar, a proceder con los registros de la información en las plataformas virtuales autorizadas y en los plazos señalados en normatividad vigente.
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(FIN) NDP/TMC/JOT
JRA
Published: 4/23/2020