La Contraloría General de la República enviará al Congreso cada dos meses un informe detallado sobre las actividades desarrolladas por el Órgano de Control Institucional (OCI) del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), según el reglamento de las competencias asignadas en el marco de la declaratoria de emergencia.
Precisa que el OCI del CNM, mientras dure la reestructuración de este organismo, realizará coordinaciones con el funcionario encargado del CNM, declarado en emergencia por nueve meses tras la difusión de audios que implican a varios de sus exintregrantes, para las acciones de control.
La Contraloría evalúa y designa al jefe de la OCI del CNM, así como la ratificación, evaluación o contratación del personal para este órgano del control.
El OCI, asimismo, debe elaborar en forma bimensual informes de control gubernamental para el Congreso de la República, con el detalle de las actividades desarrolladas en ese periodo y las actividades realizadas en conjunto con la Contraloría.
Los informes deben contener los antecedentes, la base legal, las labores planificadas y ejecutadas, los resultados y aspectos relevantes a ser informados, incluyendo las conclusiones, los riesgos reportados y el seguimiento de las mismas.
El primer informe contendrá información detallada de la incautación de documentos ordenada por el Congreso en la ley que declara en emergencia el CNM y el último informará todas las acciones realizadas en los nueve meses.
El informe debe ser emitido en un plazo máximo de cinco días hábiles del mes siguiente de concluido el bimestre.
Se entregará a la gerencia de Control Sectorial de la Contraloría, que dará cuenta al vicecontralor de Servicios de Control Gubernamental y al contralor, quien, a su vez, lo remite a la Comisión de Justicia del Congreso.
El reglamento precisa también que la Contraloría está facultada para la remoción de las responsabilidades asignadas al funcionario encargado de la gestión administrativa y la representación de CNM, si se presentan hechos que afectan su idoneidad e imparcialidad.
De producirse esos supuestos, el OCI verifica los supuestos hechos y elabora un informe que se envía a la Contraloría, institución que le otorga tres días de plazo para presentar sus descargos y luego resuelve.
Si procede su remoción, el cargo debe ser entregado al funcionario del CNM más antiguo, de acuerdo al reglamento.
(FIN) FHG
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Published: 8/30/2018