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¿Cuál será la multa por no declarar el impuesto a la renta?

Monto máximo es una UIT ó 4,150 soles

ANDINA/Difusión

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05:00 | Lima, abr. 23.

Las infracciones por no declarar el impuesto a la renta 2017 en las fechas establecidas, entre el 22 de marzo y 6 de abril, se aplicarán a contribuyentes del régimen general o personas naturales, indicó el director del grupo Verona, José Verona.

“Por primera vez en el país las personas que trabajan en una empresa y están en planilla han tenido la obligación de declarar”, subrayó.

Por otro lado, el especialista tributario, indica “Tras la devolución de impuestos, han aumentado las personas que declaran este año, aproximadamente 400,000 nuevos contribuyentes”.

El costo de la multa


Para determinar el monto de la multa se debe considerarse la UIT vigente 4,150 soles. Esta, a su vez, se encuentra sujeta al régimen de gradualidad (rebaja), según la Resolución de Superintendencia Nº 063-2007-SUNAT.
 
Explicó que para el Régimen General, la multa es de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) equivalente a 4,150 soles.

Sin embargo, si la omisión se regulariza de manera voluntaria la multa será el 10% de la UIT, con el único requisito de que se pague la infracción. Pero, en el caso de regularizar la Declaración jurada y no pagarla, la multa será del 20%.
 
En el caso de personas naturales (contribuyentes de rentas de capital y/o de trabajo) la multa es 50% de la UIT (2,075 soles). Los descuentos se aplicarán con los mismos porcentajes y en los escenarios respectivamente mencionados con anterioridad.

(FIN) MDV / MDV


Publicado: 23/4/2018